Quizá la elección más complicada y seria que tiene que asumir un candidato a la presidencia, sea el develar su binomio.
El anuncio de la candidatura a la Vicepresidencia se constituye en una estrategia y, según expertos, podría causar mayor impacto cuando se revela el nombre lo más tarde posible.
Podría determinar un aumento o disminución en la preferencia electoral. En muchos casos será determinante para el futuro del nuevo gobierno.
A casi siete meses para las elecciones generales en Bolivia, aún no se develaron las figuras que acompañarán a los candidatos y precandidatos a la presidencia. Sin embargo, conviene hacer un análisis en torno a ese puesto importante, el perfil que deben reunir los candidatos a la vicepresidencia y el rol que deberán desempeñar en el ejercicio de sus funciones.
Cambios en la Constitución
Para el periodista Andrés Gómez, el Artículo 174 de la Constitución Política del Estado (CPE) otorga al vicepresidente funciones en dos poderes. Preside el Legislativo y participa en el gabinete del Poder Ejecutivo. “Es más, participa en la definición de las políticas públicas y política exterior. Ya no es quinta rueda”, indicó.
En cuanto al perfil que deben reunir los candidatos a la vicepresidencia, Gómez señala que deben ser concertadores y brillantes en la deliberación. En la Asamblea se desarrolla la democracia por discusión, advierte.
“Álvaro García Linera tenía un pie en el Legislativo y otro en el Ejecutivo conforme al artículo 174 de la CPE. De Choquehuanca se sabe poco, no se sabe a qué se dedica”, apuntó.
Quinta rueda del carro
Por su parte, el analista político, Paúl Coca, advierte que, históricamente, la figura del vicepresidente del país estuvo ligada a la Constitución Política de 1967, vigente hasta 2009. “Ahí los roles del vicepresidente estaban definidos. Ser el sucesor natural del presidente y presidente del Legislativo, esa era la labor del vicepresidente, llamado comúnmente la quinta rueda del carro”, recordó Coca.
“Porque si al presidente le pasaba algo, no había una sucesión constitucional”, dice.
Paradójicamente, asevera el analista, así lo hizo la Constitución de Barrientos. “Cuando Barrientos fallece, Luis Adolfo Siles Salinas, estrena la sucesión constitucional, con la Constitución de 1967”.
Actualmente, enfatiza, Coca, existe un marco constitucional que establece que el vicepresidente es un constructor de institucionalidad. “Porque no sólo es el presidente de la Asamblea Legislativa, es el nexo entre el Ejecutivo y el Legislativo. Participa en el Consejo de Gabinete de ministros. Es el nexo entre el poder y las entidades territoriales autónomas”.
Perfil del vicepresidente
En cuanto al perfil que debe reunir el vicepresidente, Coca señala que en un binomio debe ser de unidad nacional, que unifique el país y que sea la contrapartida del Presidente del Estado.
“El vicepresidente tiene que tener un perfil político y tiene que ser más técnico, porque él tendrá que dirigir 130 diputados, 36 senadores y coordinar, además, el trabajo de los supraestatales”, añadió.
Según el análisis de Coca, debe ser alguien que convoque a la Asamblea las veces que sean necesarias, algo que no se ha visto en el país, por mucho tiempo.
Para el historiador Pedro Portugal, en países impregnados de caudillismo y con instituciones débiles, el poder está centralizado en el presidente. “El vicepresidente sigue siendo la “quinta rueda” del carro”, señaló.
“El perfil del vicepresidente es el de un “aguanta todo”. Es la caja de repercusión de las ideologías de moda, recientemente el culturalismo posmoderno, sin que ello interfiere grandemente la política real, concluyó Portugal.
Antecedentes
Quizás una de las críticas más feroces que surgió en su tiempo, a la propuesta constitucional de 1826 del libertador Bolívar, haya sido el de exonerar a la Presidencia vitalicia de la responsabilidad por los actos de administración.
En su Artículo 80, señalaba: El Presidente de la República es el Jefe de la administración del Estado, sin responsabilidad por los actos de dicha administración.
De ese modo, la responsabilidad de gobierno recaía en la Vicepresidencia, quien era el activo administrador de los negocios del Estado.
Bolívar había recibido el encargo de elaborar la Constitución de la naciente Bolivia, de acuerdo a cartas del 25 de septiembre —desde Oruro— y de 27 de diciembre de 1825 —desde Chuquisaca—) informaba a Santander de ese trabajo. (“Bolívar y su propuesta constitucional de 1826”. Juan Carlos Morón Urbina).
En su segunda misiva a Santander, Bolívar le describía lo siguiente:
(…) El vicepresidente es nombrado por el presidente con la aprobación del congreso: él es responsable de la administración con dos secretarios de estado y él es responsable de toda la administración. El Presidente nombra los empleados, pero no responde de su manejo, como el cuerpo legislativo hace las leyes, y el ejecutivo las cumple.
El vicepresidente es el sucesor del presidente por muerte o por renuncia” (…).
Esta referencia histórica, ayuda a comprender el proceso político y jurídico que tuvo la patria a lo largo de su historia, en torno al rol y funciones del vicepresidente.