Marcela, como todos meses, fue al banco a cobrar sus Bs 350 de la Renta Dignidad, pero luego de esperar varios minutos le indicaron que ese beneficio yo no le correspondía, a pesar de tener 64 años, pues en la actualidad sigue trabajando en el sector privado.
Los mismo le pasó a Norma, que se enteró que ya no tendrá ese ingreso extra, debido a que sigue trabajando en un centro comercial, a pesar de tener la edad para jubilarse.
Así, varias personas que llegaron a las ventanillas se vieron sorprendidas por el no pago de este beneficio económico y social.
¿Por qué no puede cobrar?
Según la quinta disposición del PGE, la Renta Universal de Vejez se otorgará a:
a) Los bolivianos y las bolivianas residentes en el país mayores de 60 años, a excepción de:
1. Los trabajadores dependientes que perciban una remuneración contemplada en el Presupuesto General del Estado o del Sector Privado.
2. Los accionistas, socios y/o directores de Sociedades Comerciales, que cuenten con el Registro de Comercio.
3. Los bolivianos y las bolivianas que perciban la Fracción Complementaria pagada con recursos del Tesoro General de la Nación.
b) Los bolivianos y bolivianas que perciban una Renta o Pensión de la Seguridad Social de Largo Plazo.
c) A los titulares y los derechohabientes a los Gastos Funerales.
¿Por qué el cambio?
Esta modificación, de acuerdo con el ministro Marcelo Montenegro busca una “racionalización y focalización correcta de la Renta Dignidad”.
Montenegro explicó que el PGE 2025 plantea excluir del pago de la Renta Dignidad a aquellos jubilados que continúan trabajando; es decir, que aún tienen un trabajo activo o cuentan con otra situación ventajosa económicamente.
“Algunos se han podido jubilar con rentas cercanas al 100% y además reciben la Renta Dignidad, por lo que solidariamente deberíamos pensar que es más necesario que este beneficio vaya a aquellos nuevos que se están integrando”, dijo.
Montenegro precisó que, con la Renta Dignidad, también se benefician adultos mayores accionistas de bancos y de empresas, y consideró que a estas personas “por su calidad de estatus que tienen, no les es muy necesario el monto” de este beneficio social.
¿No podrá volver a cobrar?
Si venía cobrando la Renta Dignidad, pero con los cambios dejó de percibir los Bs 350, no se preocupe, una vez que deje de trabajar, podrá volver a recibir este este beneficio, así lo aseguró Montenegro.
“Estos beneficiarios podrán acceder nuevamente a la Renta Dignidad, cuando dejen de percibir un salario”.