Empresarios privados rechazan el aumento salarial: “No hay nada positivo ni para los trabajadores ni para la economía”

La Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) emitió un comunicado en el que cuestiona duramente el reciente incremento salarial dispuesto por el Gobierno nacional mediante el Decreto Supremo 5383 que fue promulgado el 1 de mayo. La norma establece un aumento del 10% al salario mínimo nacional y del 5% al haber básico para este año.

“Lamentamos que el Gobierno nacional pretenda justificar el gravoso y desproporcionado aumento salarial de 2025 con argumentos y datos sesgados y descontextualizados”, señaló la CEPB en respuesta a declaraciones emitidas por la viceministra de Presupuesto y Contabilidad Fiscal, el pasado domingo 4 de mayo.

La entidad observó que la cifra de empresas formales activas en el país no respalda la decisión tomada: “La cantidad de empresas formales activas a diciembre de 2024 era de apenas 108.232; y en Bolivia solo aumenta el trabajo precario e informal. En todo caso, ni la cantidad de empresas ni el índice de ocupación son datos relevantes para sostener la decisión asumida”.

Asimismo, la Confederación denunció que el decreto reglamentario del incremento salarial establece un tratamiento desigual entre empresas públicas y privadas. “Según esta norma, las empresas públicas pueden aumentar el salario a voluntad y de acuerdo a su utilidad neta y disponibilidad financiera, hasta un 5%; mientras que para las empresas privadas el aumento se aplica obligatoriamente, sin importar su situación ni sus posibilidades, y sobre la base del 5%”, criticaron.

“No hay nada positivo en el incremento de este año ni para los trabajadores ni para la economía del país”, concluyó la CEPB.

El decreto supremo especifica que el salario mínimo nacional subirá de 2.500 a 2.750 bolivianos. Además, establece que el aumento del haber básico se aplicará a sectores como Educación, Salud, SEDEGES, Fuerzas Armadas y Policía Boliviana. En el caso del sector Salud, el incremento será del 2,5% de forma lineal y otro 2,5% de manera inversamente proporcional, aplicado sobre la escala salarial vigente.

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