Juez de Colcha K, Potosí, negó la acción popular presentada por dirigentes de la Central Única de Comunidades Originarias de Nor Lipez contra los dos contratos de litio firmados por Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB) con empresas de China y Rusia, para industrializar el litio y que esperan su aprobación en el Legislativo.
En el fallo, también se dejó sin efecto las medidas cautelares dispuestas el 25 de mayo en la etapa de aceptación del recurso, que suspendían la vigencia de los contratos que, por normativa boliviana, deben ser aprobadas en la Asamblea Legislativa Plurinacional para entrar en plena vigencia y operaciones.
Además, se “exhortó a la Asamblea Legislativa Plurinacional que, de manera urgente e inmediata, elabore y apruebe una ley general de consulta previa que garantice los derechos de las comunidades indígena originaria campesina en cumplimiento del Convenio 169 de la OIT, declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, y la Constitución Política del Estado”.
El recurso fue presentado el 12 de mayo por la dirigencia de la Central Única Provincial de Comunidades Originarias de Nor Lípez (Cupconl) en contra de YLB y las empresas Hong Kong CBC Investment Limited y Uranium One Group Joint-Stock Company.
En septiembre de 2024, YLB y la empresa rusa Uranium One Group firmaron el contrato para producir 14.000 toneladas (t) de carbonato de litio al año en el Salar de Uyuni, Potosí, utilizando la tecnología EDL, con una inversión superior a los $us 970 millones.
Luego, en noviembre de ese año, YLB y la empresa china Hong Kong CBC suscribieron otro contrato para el emplazamiento de dos plantas de producción de carbonato de litio, también con tecnología EDL.