Los prestatarios del sistema financiero boliviano que se encuentren en dificultades financieras y el consecuente deterioro en su capacidad de pago, ya pueden solicitar el refinanciamiento y/o reprogramación de sus créditos en la banca.
Así lo establece la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) que, a través de la Carta Circular 1614/2025, instruyó a la banca atender y analizar las solicitudes de prestatarios afectados en sus actividades por factores inherentes a la coyuntura económica que atraviesa el país.
“Se instruye a las Entidades de Intermediación Financiera y a las Empresas de Arrendamiento Financiero, atender y analizar las solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación de los mencionados prestatarios”, se lee en la carta fechada el 30 de mayo y firmada por la directora ejecutiva de la ASFI, Ivette Espinoza.
“Las mencionadas solicitudes de refinanciamientos y/o reprogramaciones, podrán contemplar la inclusión de periodos de gracia y/o prórroga, tiempo en el cual, el deudor no tiene que efectuar pagos a capital ni intereses, así como otros mecanismos favorables necesarios que faciliten las condiciones, mejoren el acceso a soluciones ajustadas a las características del crédito y a la situación particular de cada prestatario, debiendo tomar en cuenta, además, que la reprogramación bajo estos términos, no implica el cambio de calificación del citado deudor a una categoría de mayor riesgo de forma automática”, indica la misiva.
Asimismo, la atención de esas solicitudes no debe exceder los 30 días calendario, teniendo que brindarse un trato equitativo, sin discriminación, en condiciones de calidad, cuantía, oportunidad y disponibilidad adecuadas a los intereses económicos de los deudores.
La gerencia general de las entidades es responsable de hacer cumplir la instrucción, aspecto sobre el cual la ASFI efectuará el respectivo control en sus tareas de supervisión.
Cabe señalar que el ente regulador ha emitido similares instructivos en años anteriores. En junio de 2023, en el inicio de la crisis cambiaria, autorizó la reprogramación de créditos de prestatarios que no podían cumplir con el pago de sus cuotas a causa de la interrupción de sus ingresos “producto de factores ajenos a su control”.
En 2021, la medida fue dirigida a los prestatarios que habían quedado cesantes de sus fuentes de empleo o que fueron afectados en sus ingresos durante la cuarentena de la pandemia por el Covid-19. La Asociación Nacional de Deudores y Pequeños Prestatarios critican permanentemente este tipo de medidas porque la banca no estaría cumpliendo con la normativa y más bien cobra “intereses sobre intereses” por el tiempo de diferimiento o prórroga de los créditos.