El Decreto Supremo 5503 instruye al Banco Central de Bolivia (BCB) “adecuar y transitar hacia un nuevo régimen cambiario, con el objetivo de fortalecer la estabilidad macroeconómica, preservar la competitividad externa y contribuir al equilibrio de la balanza de pagos”.
La instrucción se encuentra en el artículo 120 de la norma, uno de los últimos del extenso decreto que estipula medidas de ajuste ante la crisis que atraviesa Bolivia.
El régimen cambiario en Bolivia es de cotización fija de Bs 6,96 por dólar desde 2011. Sin embargo, en los últimos años, ante la escasez de la divisa, se ha generado un mercado paralelo con el precio más alto.
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Anteriormente, el presidente del BCB, David Espinoza, ya había anunciado la intención de pasar a un régimen cambiario más flexible.
En el Decreto se establece que el Ministerio de Economía coordinará e instruirá “la implementación progresiva del nuevo régimen cambiario en línea con su política económica”.
La norma habilita al BCB que implemente mecanismos de intervención, administración de liquidez, gestión de reservas internacionales y comunicación al público, en el marco del nuevo régimen a implementar.
También ordena que coordine con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) para: adecuar la regulación, fortalecer la gestión de riesgos cambiarios y asegurar la continuidad y estabilidad de los servicios financieros.
Asimismo, señala que el BCB “coordinará con la Aduana Nacional y otras entidades competentes del Órgano Ejecutivo la adopción de medidas de control, facilitación y monitoreo de operaciones de comercio exterior y flujos de divisas, con el fin de garantizar la transparencia, trazabilidad y correcto funcionamiento del mercado cambiario”.



















