Gobierno amplía a 15 años prohibición de cambio de uso de suelo en áreas productivas urbanas

El Gobierno nacional dispuso por decreto ampliar a 15 años la prohibición de cambio de uso de suelo en áreas productivas urbanas con el fin de garantizar la seguridad alimentaria e impedir que esas áreas sean urbanizadas.

Así lo dispone el Decreto Supremo Nº 5065, aprobado el miércoles por el gabinete del presidente Luis Arce.

“A fin de efectivizar los mecanismos de resguardo de las áreas productivas para garantizar la seguridad alimentaria con soberanía, se modifica el Parágrafo I del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 1809, de 27 de noviembre de 2013, con el siguiente texto: I. Las áreas productivas agropecuarias urbanas no podrán ser objeto de cambio de uso de suelo ni urbanizadas en un plazo de quince (15) años, a partir de la publicación del presente Decreto Supremo”, se lee en la norma publicada en la Gaceta.

El Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 1809, de 27 de noviembre de 2013, solo establecía un plazo 10 años de prohibición para que las áreas productivas agropecuarias urbanas no sean objeto de cambio de uso de suelo ni urbanizadas.

Además, disponía que “una vez cumplido el plazo señalado en el Parágrafo precedente, el cambio de uso de suelo o urbanización estará sujeto a una evaluación previa sobre el uso y vocación productiva de estas áreas, a través de estudios técnicos que serán elaborados por las entidades competentes del nivel central del Estado”.

La nueva ampliación fue sugerida por el Servicio Estatal de Autonomías (SEA) con el fin de “brindar protección a las áreas productivas agropecuarias, precautelando la seguridad y soberanía alimentaria del país”.

Tiene el respaldo del numeral 3 del Artículo 14 de la Ley Nº 144, de 26 de junio de 2011, de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria que señala, a fin de garantizar la producción de alimentos, el nivel central del Estado, en coordinación con las entidades territoriales autónomas, regulará el uso de suelos protegiendo y velando por la conservación de áreas aptas para producción agropecuaria, evitando la expansión de poblaciones urbanas en detrimento de las áreas productivas.

“Para ello adoptará la siguiente medida: se identificarán las áreas de vocación productiva en zonas periurbanas, permitiendo nuevos asentamientos humanos sobre superficies que combinen espacios de producción agropecuaria con espacios habitacionales y que no perjudiquen la actividad productiva”, apunta la norma.

SourceABI

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