Rodríguez: El TCP ‘autoprorrogado’ carece de competencia para validar el referéndum

El expresidente Eduardo Rodríguez Veltzé indicó este miércoles que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) carece de “competencia y legitimidad” para el control de constitucionalidad del referéndum, al haber prorrogado sus funciones tras las elecciones judiciales fallidas de 2023.

“El TCP ‘autoprorrogado’ carece de competencia y legitimidad para pronunciarse, menos para validar un referéndum inoportuno” (sic), escribió Rodríguez Veltzé en su cuenta de la red X.

El martes, el ministro de Justicia, Iván Lima, informó que el Ejecutivo envió al TCP las preguntas del referéndum reformuladas sobre la reelección y la subvención de combustibles.

Añadió que lo “ideal” es que la respuesta se conozca hasta el sábado 31 de agosto; caso contrario, los plazos la emisión de la convocatoria habrán vencido.

Reformulación

Este miércoles se conocieron las preguntas reformuladas que presentó el presidente Luis Arce al TCP; tras las observaciones del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y el retiro de la interrogante referida a los escaños parlamentarios. El planteamiento es el siguiente:

Primera pregunta: ¿Usted está de acuerdo con levantar gradualmente (es decir poco a poco) la subvención a la gasolina especial?

Segunda pregunta: ¿Usted está de acuerdo con levantar gradualmente (es decir poco a poco) la subvención a la gasolina diésel?

Tercera pregunta: ¿Está usted de acuerdo a que el artículo 168 de la Constitución Política del Estado, que dispone la reelección por una sola vez de manera continua del Presidente y Vicepresidente del Estado, sea ampliado para incorporar la reelección por una sola vez de manera discontinua, lo cual, implicaría iniciar el procedimiento de (re)forma parcial de la Constitución, previsto en el texto constitucional vigente?

La Ley 026 del Régimen electoral establece que: “Recibida la respuesta del Tribunal Constitucional Plurinacional: 1. Si la iniciativa resulta constitucional, la Presidenta o Presidente emitirá el Decreto Supremo de Convocatoria. 2. Si la iniciativa fuese declarada inconstitucional, se dará por concluido su trámite”.

SourceLa Razón

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