TCP anula asentamientos de interculturales en tierras ancestrales tsimane

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió una sentencia que reconoce el derecho de una comunidad tsimane del Beni, a la popiedad de sus tierras ancestrales y anula 19 resoluciones administrativas del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) por los cuales dotó terrenos a grupos interculturales.

Además, “ordena al instruye que el Director Nacional del INRA, en el término de cuarenta y ocho horas (48 hrs.) de su legal notificación, ADMITA la demanda de dotación y titulación de tierras comunitarias del Sub Consejo Tsimane del Sector Yacuma del departamento de Beni, presentado ante el INRA el 13 de julio de 2021”.

Se trata de un “fallo sin precedentes (…) en favor del pueblo indígena tsimane del Sector Yacuma, que reconoce que son titulares de derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política del Estado convenios internacionales y la Ley 450 de Protección a Naciones y Pueblos Indígenas en Situación de Alta Vulnerabilidad”, refiere un artículo de la fundación Tierra, publicado en su página web.

La Sentencia Constitucional Plurinacional 0935/2024-S3 “reconoce el derecho a las tierras y territorios que han ocupado (los tsimanes) ancestralmente y anula al menos 19 resoluciones administrativas que permitieron el asentamiento de comunidades interculturales en territorios ancestrales de este pueblo indígena, en el departamento de Beni.

Asimismo, esa decisión del TCP ordena la aplicación de medidas precautorias y la cesación de autorizaciones de desmonte otorgadas por la Autoridad de Bosques y Tierra (ABT).

La decisión judicial reconoce que dichos asentamientos vulneraron derechos fundamentales del pueblo indígena tsimane, incluyendo su derecho a la libre determinación, la titulación colectiva, el territorio, la propiedad y la posesión ancestral. El fallo establece que el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) otorgó las tierras, ocupadas por los tsimane, de forma irregular, al margen del debido proceso y en contradicción con la normativa que protege a pueblos indígenas en situación de alta vulnerabilidad. Además, señala que esta institución permitió que este pueblo sufra avasallamiento, despojo, expulsión y deforestación que destruye su habitad donde se encontraba en posesión pacífica”.

Para Alcides Vadillo, director de la Regional Oriente de la fundación Tierra, “el tema principal de esta sentencia es que reconoce que hay derechos de los pueblos indígenas que están constitucionalmente reconocidos y que no se pueden desconocer o ignorar, amparados en normas procedimentales y reglamentarias, situación que sucedió con los tsimane, pues el INRA no aceptó su demanda de reconocimiento y dotación de territorio indígena, con el argumento de que de acuerdo a procedimientos y reglamentos internos no se puede reconocer territorio indígena después de que la tierra ha sido saneada”.

La Sentencia 0935/2024-S3 también instruye una auditoría jurídica para investigar cómo se autorizaron asentamientos, chaqueos y desmontes, señalando posibles responsabilidades penales por corrupción e incluso genocidio, debido al impacto en la supervivencia del pueblo Tsimane.

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