{"id":31736,"date":"2022-08-15T06:30:01","date_gmt":"2022-08-15T10:30:01","guid":{"rendered":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitor\/2022\/08\/15\/expertos-advierten-que-nueva-norma-pone-en-riesgo-la-tenencia-de-la-tierra\/"},"modified":"2022-08-15T06:30:01","modified_gmt":"2022-08-15T10:30:01","slug":"expertos-advierten-que-nueva-norma-pone-en-riesgo-la-tenencia-de-la-tierra","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitor\/2022\/08\/15\/expertos-advierten-que-nueva-norma-pone-en-riesgo-la-tenencia-de-la-tierra\/","title":{"rendered":"Expertos advierten que nueva norma pone en riesgo la tenencia de la tierra"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Especialistas en derecho agroambiental y sectores del aparato productivo de Santa Cruz advierten que la propuesta de C\u00f3digo Procesal Agroambiental, en fase de socializaci\u00f3n, aumenta el riesgo de inseguridad jur\u00eddica de la propiedad privada y tenencia de la tierra.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para el abogado especialista en derecho agroambiental y desarrollo rural Fernando Asturizaga, el texto es m\u00e1s pol\u00edtico que t\u00e9cnico y obedece a la falta de especialidad en materia ambiental de quienes lo redactaron. \u201cUn c\u00f3digo procesal debe contener los pasos, plazos y procedimiento de los juicios que se ventilan ante la judicatura agroambiental y no ingresar a aspectos esenciales de la materia, como la denominada Funci\u00f3n Econ\u00f3mico Social Ambiental, no reconocida en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado\u201d, expres\u00f3.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dicho aspecto, a su juicio, devela la intenci\u00f3n de utilizar pol\u00edticamente el aspecto ambiental para mantener un proceso de Reforma Agraria eterno sobre los medianos productores y los empresarios agropecuarios, a fin de afectar sus propiedades hasta extinguirlas, en la l\u00ednea de activistas pol\u00edticos que, a t\u00edtulo de defensa del medioambiente, lo \u00fanico que buscan es la desaparici\u00f3n de la propiedad con visi\u00f3n empresarial y de mercado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Hizo notar que, a trav\u00e9s de reforzar el enfoque precautorio y convertirlo en un principio de administraci\u00f3n de justicia, lo que se hace es negar el avance de la ciencia sembrando dudas sobre aquellos aspectos que se han desarrollado para mejorar la agricultura, como el uso de Organismo Gen\u00e9ticamente Modificado (OGM).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cEs previsible que, con la aplicaci\u00f3n de esta norma, si se aprueba, se niegue a los productores el acceso a nuevos eventos transg\u00e9nicos y por supuesto se cierre la puerta a la edici\u00f3n g\u00e9nica de los cultivos\u201d, puntualiz\u00f3 Asturizaga.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Infiere que, al no existir una normativa espec\u00edfica en lo ambiental para el sector agr\u00edcola, como tienen los sectores de miner\u00eda o hidrocarburos, se aplicar\u00e1n normas ajenas a la actividad agropecuaria, lo que, en opini\u00f3n del experto, va a ocasionar procesos extorsivos en contra de los productores.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cSiguiendo el modelo inconstitucional de lo que fue la ley contra la legitimaci\u00f3n de ganancias il\u00edcitas, los jueces podr\u00e1n establecer medidas de intervenci\u00f3n de predios, retenci\u00f3n de fondos, anotaciones preventivas, antes de que el productor denunciado se entere de la existencia de un proceso en su contra, donde adem\u00e1s se presume su culpabilidad y no su inocencia. Adem\u00e1s, se faculta al juez a ordenar medidas cautelares inexistentes en la econom\u00eda jur\u00eddica nacional, lo que legalizar\u00e1 el arbitrio y la discrecionalidad del juzgador\u201d, anot\u00f3 Asturizaga.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Hace notar que la crisis judicial no es patrimonio solo de la justicia ordinaria y agraria, ahora denominada agroambiental, es parte de esa crisis reflejada en fallos contradictorios, ilegales e incluso inconstitucionales, pues salvo honrosas excepciones, est\u00e1 conformada por individuos que anteponen su ideolog\u00eda, animadversi\u00f3n al sector agropecuario, o intereses personales a la correcta aplicaci\u00f3n de la normativa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cC\u00f3mo puede existir un tribunal agroambiental cre\u00edble e imparcial, si en su funci\u00f3n de controlar a los \u00f3rganos de la administraci\u00f3n de la tierra, como el INRA o el Viceministerio de Tierras, se tiene a profesionales que han sido descalificados para ocupar un cargo de magistrado\u201d, apunt\u00f3 Asturizaga.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A juzgar por el ex juez agroambiental Roque Camacho, desde el punto de vista jur\u00eddico, la tem\u00e1tica ambiental tiene su especialidad, su hermen\u00e9utica y al juntar en un solo \u00f3rgano, en una sola persona la dilucidaci\u00f3n de los problemas ambientales y agrarios que, en cierta medida son contrapuestos y contrarios entre s\u00ed, constituye un desprop\u00f3sito e inadecuado porque va a conflictuar a\u00fan mucho m\u00e1s de lo que est\u00e1 la Judicatura con la unificaci\u00f3n de dos especialidades distintas y diferentes en un solo \u00f3rgano de decisi\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cLa cuesti\u00f3n ambiental tiene como uno de sus objetivos preservar el medioambiente y la cuesti\u00f3n agraria producir alimento. Ah\u00ed encontramos una contraposici\u00f3n entre ambas actividades, la producci\u00f3n y la preservaci\u00f3n\u201d, insinu\u00f3 Camacho, al expresar que lo que se propone es que existan jueces agrarios exclusivamente para resolver la problem\u00e1tica de los derechos reales, personales, mixtos, obligaciones, posesi\u00f3n, l\u00edmites, colindancias, servidumbres, entre otros, que son inherentes al \u00e1mbito agrario y de la producci\u00f3n y, aparte, otros jueces tambi\u00e9n dependientes de la Judicatura Agroambiental que se preocupen de la problem\u00e1tica ambiental que es diferente porque se basa en el principio de la preservaci\u00f3n del medioambiente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Recoge legislaci\u00f3n vigente<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde Sucre, la decana del Tribunal Agroambiental, Elva Terceros, descarta que el nuevo C\u00f3digo Procesal Agroambiental busque la desaparici\u00f3n de la propiedad privada, que se niegue a los productores el acceso a nuevos eventos transg\u00e9nicos y se establezcan medidas precautorias afectando al debido proceso. Aclar\u00f3 que esta nueva norma lo que hace es recoger legislaci\u00f3n que ya est\u00e1 en vigencia desde hace varios a\u00f1os y que de pronto no se cumple.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cTodo lo que tiene el C\u00f3digo est\u00e1 en una cantidad de leyes y lo que se hizo es recoger esta legislaci\u00f3n, la jurisprudencia y ponerlo en un solo documento para que el abogado busque una tutela efectiva y recurrir a la autoridad competente en materia agroambiental\u201d, sostuvo Terceros, al explicar que el desarrollo sostenible se basa en garantizar el desarrollo social, econ\u00f3mico y la seguridad ambiental, y esto est\u00e1 establecido en la Declaraci\u00f3n de R\u00edo de Janeiro sobre el medioambiente de junio de 1992.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Terceros explic\u00f3 que la actividad productiva est\u00e1 garantizada, pero tiene que ser ambientalmente sostenible y considerar el beneficio com\u00fan de la poblaci\u00f3n. \u201cEn materia de tierras se garantiza la propiedad privada siempre y cuando cumpla un servicio colectivo, no es una propiedad absoluta sin control del Estado\u201d, refiri\u00f3.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los principios precautorios los ha suscrito Bolivia con el Acuerdo de R\u00edo en 1992 cuando se puso en vigencia la ley del medioambiente.<br \/>\nEn el C\u00f3digo Procesal Agroambiental se hizo una redacci\u00f3n procesal, no reconoce ni quita derechos, solo establece el camino y cuando una persona ve vulnerado su derecho puede ir ante una autoridad judicial para conseguir tutela. \u201cEl principio precautorio fue aprobado por la Ley de la Madre Tierra de cuidado del medioambiente en 1996\u201d, dijo Terceros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La magistrada descart\u00f3 que este C\u00f3digo pueda ser utilizado pol\u00edticamente en materia ambiental para hacer desaparecer la propiedad o evitar la aplicaci\u00f3n de transg\u00e9nicos. Hizo notar que la \u201creforma agraria permanente\u201d no lo establece este c\u00f3digo sino viene desde la Ley de Reforma Agraria de 1953, lo recogi\u00f3 la CPE de 1967, y fue ratificado en la Constituci\u00f3n de 2009.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Norma inconsulta<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde la Federaci\u00f3n de Ganaderos de Santa Cruz (Fegasacruz) consideran que es una norma inconstitucional elaborada sin la intervenci\u00f3n ni participaci\u00f3n de los sectores afectados, lo cual convierte el proyecto de c\u00f3digo en una norma inconsulta que puede ser utilizada pol\u00edticamente en perjuicio del sector productivo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Aseveraron que Fegasacruz trabaja, juntamente con la C\u00e1mara Agropecuaria del Oriente (CAO), en las observaciones a este proyecto, por ser lesivas al sector productivo del pa\u00eds. \u201cLa gente del Tribunal debe venir a Santa Cruz a explicar a todo el sector productivo el c\u00f3digo, cuya propuesta ha nacido mal porque no viene de los sectores productivos. Se ve m\u00e1s una norma que generar\u00e1 perjuicios y tal vez nuevas extorsiones a los productores\u201d, manifestaron.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde la Asociaci\u00f3n de Proveedores de Insumos Agropecuarios (APIA) manifestaron que es un tema que est\u00e1 siendo analizado a nivel del sector agroproductivo en conjunto, con participaci\u00f3n de la academia, en raz\u00f3n de su implicancia en diversos temas de inter\u00e9s.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Denotaron que no se cumpli\u00f3 con un principio constitucional, habida cuenta de que el proyecto de c\u00f3digo no ha sido socializado debidamente. Observan la inclusi\u00f3n de la acci\u00f3n cautelar, y la inclusi\u00f3n del \u00e1rea rural\/urbana, lo cual puede tener efectos complejos en su administraci\u00f3n procesal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Entre las preocupaciones sectoriales que derivan del an\u00e1lisis est\u00e1n temas atentatorios que -infieren- pueden perjudicar la seguridad jur\u00eddica de los mismos productores agropecuarios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Mencionan que el procedimiento ejecutivo que se est\u00e1 implementando en el proyecto tiene muchas imprecisiones y no se sujeta al derecho civil. Infieren que no solo se le pretende dar a los jueces atribuciones en lo agrario y ambiental, sino tambi\u00e9n en lo civil con los juicios ejecutivos, con procedimientos confusos y poco claros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">APIA y otras instituciones del sector agropecuario coinciden en que para los efectos de la presentaci\u00f3n de eventos OGM en Bolivia, es necesario tener seguridad jur\u00eddica estable que brinde las garant\u00edas a las empresas para avanzar en la presentaci\u00f3n de eventos OGM (trabajar al interior de las leyes que contemplen esta actividad y no as\u00ed en decretos supremos).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El pasado mes, en Pando, en el ampliado ordinario de la Confederaci\u00f3n Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia (Cscib), la tercera resoluci\u00f3n del magno encuentro exigi\u00f3 al Ministerio de Medio Ambiente y Agua bajar a explicar inmediatamente la propuesta de C\u00f3digo Procesal Agroambiental que, seg\u00fan alertaron, pretende aprobarse unilateralmente, misma que puede afectar a los peque\u00f1os y medianos productores del pa\u00eds.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\nLa violencia en ocupaci\u00f3n ilegal de tierras amenaza la producci\u00f3n de alimentos<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En Cochabamba, en la presente semana, la Confederaci\u00f3n Agropecuaria Nacional (Confeagro) conmin\u00f3 al Gobierno central, entre otros temas, a dar cumplimiento estricto de la normativa vigente para frenar las ocupaciones ilegales en tierras productivas de Santa Cruz y Cochabamba que, a decir del presidente de dicha organizaci\u00f3n, \u00d3scar Mario Justiniano, no solo genera zozobra a los productores, trabajadores del campo y poblaci\u00f3n en general, sino tambi\u00e9n amenaza la producci\u00f3n alimentaria nacional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El sector repara en la violencia que ejercen los tomatierras en la incursi\u00f3n a los predios productivos. \u201cEstos hechos se multiplican y se tornan cada vez m\u00e1s violentos y tambi\u00e9n son una amenaza a la producci\u00f3n de alimentos. Instamos a las autoridades llamadas por ley a combatir estos actos delictivos para evitar mayores incidentes\u201d, puntualiz\u00f3 Justiniano.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">D\u00edas atr\u00e1s, desde la Federaci\u00f3n de Ganaderos de Santa Cruz (Fegasacruz), el presidente Adri\u00e1n Castedo refiri\u00f3 que la organizaci\u00f3n registra 22 tomas ilegales de predios en los \u00faltimos meses, siendo Guarayos y San Jos\u00e9 de Chiquitos, municipios con alta vocaci\u00f3n agr\u00edcola y pecuaria, los m\u00e1s vulnerables de este il\u00edcito.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s de la falta de seguridad jur\u00eddica de la tierra, en el encuentro de productores agropecuarios en Cochabamba, Justiniano enfatiz\u00f3 la urgencia de aprobaci\u00f3n de eventos gen\u00e9ticamente mejorados en ma\u00edz, soya, trigo, algod\u00f3n y otros cultivos para evitar el desabastecimiento actual. El agro pide incentivo a la producci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Antecedentes y detalles<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Proyecto. En julio de 2021, autoridades del Tribunal Agroambiental y del Ministerio de Justicia presentaron a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) la propuesta de C\u00f3digo Procesal Agroambiental, norma que encamina los procedimientos en la jurisdicci\u00f3n agroambiental. La propuesta tiene como fin atender y resolver controversias vinculadas a materias agraria, ambiental, aguas y recursos naturales renovables, en el marco de lo establecido en el art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado (CPE) y el bloque de constitucionalidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Propuesta. El c\u00f3digo se organiza en dos partes. La primera, contiene las disposiciones generales que se aplican en la tramitaci\u00f3n de las causas de competencia de la jurisdicci\u00f3n agroambiental, las facultades excepcionales de las y los jueces agroambientales, los plazos procesales, los sujetos procesales, los medios de impugnaci\u00f3n, la conciliaci\u00f3n y las medidas cautelares, la prueba y los presupuestos para su valoraci\u00f3n; y la segunda, desarrolla los tipos de procesos de competencia de la jurisdicci\u00f3n agroambiental.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desprotecci\u00f3n. La Judicatura Agroambiental est\u00e1 establecida en la Constituci\u00f3n desde 2009 y hasta ahora no se llev\u00f3 a cabo ning\u00fan juicio ambiental en Bolivia por falta de c\u00f3digo de procedimiento. El medioambiente est\u00e1 desprotegido porque no hay una judicatura que lo proteja.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Especialistas en derecho agroambiental y sectores del aparato productivo de Santa Cruz advierten que la propuesta de C\u00f3digo Procesal Agroambiental, en fase de socializaci\u00f3n, aumenta el riesgo de inseguridad jur\u00eddica de la propiedad privada y tenencia de la tierra. 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