{"id":67470,"date":"2024-07-09T07:34:34","date_gmt":"2024-07-09T11:34:34","guid":{"rendered":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitor\/2024\/07\/09\/en-dos-anos-las-denuncias-laborales-aumentan-en-57\/"},"modified":"2024-07-09T07:34:34","modified_gmt":"2024-07-09T11:34:34","slug":"en-dos-anos-las-denuncias-laborales-aumentan-en-57","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitor\/2024\/07\/09\/en-dos-anos-las-denuncias-laborales-aumentan-en-57\/","title":{"rendered":"En dos a\u00f1os, las denuncias laborales aumentan en 57%"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Entre 2021 y 2023, las denuncias interpuestas por trabajadores en el Ministerio de Trabajo por vulneraciones a sus derechos laborales, se incrementaron en 57%. Pasaron de ser 16.000 a 25.168, seg\u00fan informaci\u00f3n obtenida en esa cartera de Estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si bien la mayor\u00eda de denuncias es por beneficios sociales, tambi\u00e9n hay altos \u00edndices de infracciones por falta de pago de derechos colaterales;\u2008por el impago de multas del 30% ante el incumplimiento de pagos; sueldos y salarios devengados;\u2008despidos injustificados y acoso laboral, entre muchos otros. (Ver cuadro).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cLas denuncias que presentan las y los trabajadores son de diferente \u00edndole. La mayor\u00eda de ellas tiene que ver con despidos y por ende la falta de pago de beneficios sociales. Sin embargo, ante situaciones de despido, los trabajadores tienen dos opciones: o reclamar el pago de beneficios sociales dando por concluida la relaci\u00f3n laboral. O la menos frecuente, cuando se solicita la reincorporaci\u00f3n por considerar que el despido ha sido injustificado\u201d, se\u00f1al\u00f3 la ministra de Trabajo, Ver\u00f3nica Navia, a La Raz\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Solo en la gesti\u00f3n 2023, se tiene un promedio de 2.000 denuncias mensuales presentadas en las diferentes jefaturas departamentales y regionales de trabajo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Denuncias<br \/>\nAunque no detall\u00f3 la cifra por departamento, la autoridad afirm\u00f3 que estas denuncias se registran en su mayor\u00eda en el eje central del pa\u00eds:\u2008La Paz, Cochabamba y Santa Cruz. Pues en estos departamentos concentran la mayor cantidad de empresas o establecimientos laborales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La ministra afirm\u00f3 que las denuncias por vulneraci\u00f3n de los derechos laborales no siempre las presentan de manera individual, tambi\u00e9n son colectivas. Ah\u00ed intervienen entre 100 o m\u00e1s trabajadores, \u201ctal es el caso de la ejecuci\u00f3n de obras de infraestructura de magnitud\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cEn estos casos, si bien geogr\u00e1ficamente el Ministerio de Trabajo ha establecido jefaturas en cada capital de departamento y en algunas poblaciones importantes, tambi\u00e9n est\u00e1 instalando inspector\u00edas. \u00c9stas cumplen las mismas funciones, en coordinaci\u00f3n y dependencia con alguna jefatura\u201d, a\u00f1adi\u00f3 la ministra.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dijo tambi\u00e9n que hace poco el Ministerio de Trabajo implement\u00f3 las oficinas m\u00f3viles. A trav\u00e9s de ellas, un equipo del ministerio se traslada hacia lugares geogr\u00e1ficamente alejados, con la finalidad de realizar inspecciones. Toma contacto con los trabajadores, recibir denuncias y si se requiere asumir acciones para la restituci\u00f3n y protecci\u00f3n de los derechos laborales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Navia se\u00f1al\u00f3 que una mayor\u00eda de los trabajadores desconoce sus derechos en materia laboral. No obstante, en algunas intervenciones del personal del Ministerio de Trabajo se evidenci\u00f3 casos en que los trabajadores, por la necesidad de contar con medios de sustento, sufren vulneraci\u00f3n de sus derechos de parte de \u201cmalos empleadores\u201d que aprovechan circunstancias bajo la amenaza de despido.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cAnte estas situaciones, solo a modo de ejemplo, esta cartera de Estado, en la actual gesti\u00f3n, ha venido haciendo especial \u00e9nfasis en el aspecto preventivo del resguardo de derechos laborales a trav\u00e9s de la capacitaci\u00f3n. Sea a trav\u00e9s de las organizaciones sindicales, ferias, talleres directamente con los trabajadores, etc\u00e9tera, tarea en la que no claudicamos\u201d, acot\u00f3 la autoridad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Norma<br \/>\nSobre los plazos de soluci\u00f3n de las denuncias, Navia explic\u00f3 que cada procedimiento tiene t\u00e9rminos espec\u00edficos. Sin embargo, resalt\u00f3 que la cartera de Estado trabaj\u00f3 en la reducci\u00f3n de dichos plazos a trav\u00e9s de la Ley 1468 de Procedimiento Especial para la Restituci\u00f3n de Derechos Laborales, promulgada en 2022.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cEsta norma ha reducido los plazos administrativos, ha suprimido el recurso de revocatoria que demoraba hasta 20 d\u00edas h\u00e1biles para su resoluci\u00f3n. Permiti\u00f3 reducir a la mitad el plazo del recurso jer\u00e1rquico, que demoraba en su resoluci\u00f3n 90 d\u00edas h\u00e1biles. Al presente, respetando el derecho a la impugnaci\u00f3n y el derecho a la doble instancia, como parte del debido proceso. Ahora, el recurso de revisi\u00f3n se lo resuelve en un plazo m\u00e1ximo de 45 d\u00edas h\u00e1biles\u201d, acot\u00f3 la ministra Navia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La autoridad inst\u00f3 a que la trabajadora o trabajador que considere que sus derechos laborales son vulnerados debe acudir a oficinas del Ministerio de Trabajo, jefaturas y oficinas m\u00f3viles para que una inspectora o inspector de Trabajo reciba su denuncia. La queja puede ser interpuesta de forma verbal o escrita. Con ello se activar\u00e1 el procedimiento que corresponda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Navia aclar\u00f3 que el trabajador o trabajadora no requiere patrocinio o asistencia de un profesional abogado. Y que, por principio, contenido en el Par\u00e1grafo II del Art\u00edculo 48 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado, la carga de la prueba le corresponde al empleador. Es decir que a sola denuncia es el empleador el que debe demostrar que en caso de despido, por ejemplo, es justificado. \u201cPor cuanto, bastar\u00e1 presentar las denuncias y adjuntar si considera necesario alg\u00fan documento que acredite la condici\u00f3n de trabajador o de la relaci\u00f3n laboral\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De igual forma, dijo que, en otros casos, lo \u00fanico que requiere el trabajador es llevar su carnet de identidad y recabar una ficha de plataformas para que sea atendido por un inspector.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El acoso laboral es una de las vulneraciones m\u00e1s recurrentes<br \/>\nDe acuerdo con estad\u00edsticas de la Defensor\u00eda del Pueblo, presentadas el 1 de mayo de este a\u00f1o, las denuncias de acoso laboral ocupan el segundo lugar de vulneraciones m\u00e1s recurrentes, en cuanto a derechos laborales. La instituci\u00f3n defensorial atendi\u00f3 304 denuncias entre 2023 y el 30 de abril de 2024.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cEste escenario es similar conforme la informaci\u00f3n proporcionada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsi\u00f3n Social, que en la gesti\u00f3n 2023 (hasta noviembre) atendi\u00f3 374 denuncias de acoso laboral contra mujeres y 124 contra varones\u201d, se\u00f1ala el pronunciamiento de la Defensor\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La instancia defensorial identific\u00f3 al menos cinco vulneraciones a los derechos laborales, que afectan a las y los trabajadores en Bolivia. Ellos son al salario justo, a no sufrir acoso laboral, a la inamovilidad laboral, al empleo digno y al pago de beneficios sociales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El panorama genera m\u00e1s preocupaci\u00f3n a la instituci\u00f3n, seg\u00fan el defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, quien se\u00f1al\u00f3 que actualmente Bolivia no cuenta con una ley que sancione el acoso laboral, siendo un tema pendiente que se arrastra desde la promulgaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado. Pese a que la protecci\u00f3n a la estabilidad laboral y la prohibici\u00f3n de toda forma de acoso laboral son vigentes en la Carta Magna.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El texto de la CPE, aprobado en 2009, se\u00f1ala en el art\u00edculo 49, par\u00e1grafo II: \u201cEl Estado proteger\u00e1 la estabilidad laboral. Se proh\u00edbe el despido injustificado y toda forma de acoso laboral. La ley determinar\u00e1 las sanciones correspondientes\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por ello, el pronunciamiento defensorial insta al Estado a tomar acciones enfocadas a garantizar los derechos laborales y el acceso a procedimientos eficaces \u201cpara la atenci\u00f3n de denuncias de acoso laboral, emitiendo una ley conforme a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n demanda al Estado la ejecuci\u00f3n de acciones conjuntas para que el derecho laboral y el acceso a procedimientos sean prontos, oportunos y transparentes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Defensor\u00eda del Pueblo estableci\u00f3 este panorama en base a las 1.683 denuncias sobre vulneraciones a derechos laborales que registr\u00f3 entre 2023 y el 30 de abril de 2024.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre 2021 y 2023, las denuncias interpuestas por trabajadores en el Ministerio de Trabajo por vulneraciones a sus derechos laborales, se incrementaron en 57%. 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