{"id":68063,"date":"2024-07-29T07:37:42","date_gmt":"2024-07-29T11:37:42","guid":{"rendered":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitor\/2024\/07\/29\/detectan-13-falencias-en-la-preseleccion-judicial-desde-vacios-en-la-ley-hasta-insuficiente-compromiso\/"},"modified":"2024-07-29T07:37:42","modified_gmt":"2024-07-29T11:37:42","slug":"detectan-13-falencias-en-la-preseleccion-judicial-desde-vacios-en-la-ley-hasta-insuficiente-compromiso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitor\/2024\/07\/29\/detectan-13-falencias-en-la-preseleccion-judicial-desde-vacios-en-la-ley-hasta-insuficiente-compromiso\/","title":{"rendered":"Detectan 13 falencias en la preselecci\u00f3n judicial: desde vac\u00edos en la ley hasta insuficiente compromiso"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">La Veedur\u00eda Ciudadana detect\u00f3 13 deficiencias en el proceso de preselecci\u00f3n judicial de postulantes a altas autoridades del \u00d3rgano Judicial y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), entre las que se cuentan vac\u00edos en la normativa y procedimientos hasta insuficiente compromiso de las universidades y colegios de profesionales, que elaboraron las preguntas para las pruebas orales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Veedur\u00eda Ciudadana fue acreditada el 23 de febrero de este a\u00f1o y sigui\u00f3 el desarrollo de la preselecci\u00f3n de candidatos a las altas cortes del pa\u00eds en todas sus etapas, desde el 17 de febrero hasta el 26 de julio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De acuerdo con el informe final de esta organizaci\u00f3n, que consta de 30 p\u00e1ginas, al que accedi\u00f3Visi\u00f3n 360, una de las falencias del proceso tiene que ver con transparencia y publicidad, en la que se establece que no existi\u00f3 la posibilidad de acceder a la informaci\u00f3n completa del proceso.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Otra se refiere a la equidad e igualdad, en cuyo punto la veedur\u00eda establece que se ha verificado un tratamiento dispar a la consideraci\u00f3n de las postulaciones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sobre el apego a la norma, la organizaci\u00f3n observa que la Ley 1549 (Transitoria para las elecciones judiciales) est\u00e1 incompleta y que se debe trabajar en se\u00f1alar aspectos que hacen a las recomendaciones y est\u00e1ndares internacionales que se aplican a estos procesos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed tambi\u00e9n, la garant\u00eda de idoneidad y probidad no es un aspecto que ha sido tratado con el cuidado necesario en la convocatoria, ya que no se\u00f1ala aspectos que logren estas cualidades en los postulantes a altos cargos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Otro aspecto tiene que ver con vac\u00edos en la normativa y los procedimientos, los que incrementaron la discrecionalidad con la que se tomaron decisiones sobre la habilitaci\u00f3n y calificaci\u00f3n de los postulantes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Ley 1549 no prev\u00e9 la definici\u00f3n de aspectos metodol\u00f3gicos con anterioridad ni el acuerdo en \u00e9stos de parte de las comisiones, lo cual genera improvisaci\u00f3n, desorganizaci\u00f3n, confusi\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n se\u00f1ala que el trabajo de las comisiones no fue necesariamente equitativo en las fases del proceso, ya que se advirti\u00f3 un tratamiento dispar en la consideraci\u00f3n de las postulaciones: mayor tiempo a algunos candidatos, aceptaci\u00f3n de documentos y certificados en algunos casos y en otros no, posibilidad de elegir un nuevo sobre o bolillo en la fase de preguntas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Ley 1549 no prev\u00e9 el acompa\u00f1amiento de un equipo asesor experto, \u00ablo que evidencia las pocas posibilidades de los miembros de las comisiones de atender las solicitudes de aclaraci\u00f3n o interpretaci\u00f3n de las preguntas\u00bb.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Asimismo, la Ley 1549 no especifica el tipo de apoyo que las universidades o colegios de profesionales deben hacer al proceso, ni se\u00f1ala que \u00e9ste deber\u00eda dirigirse a confirmar la idoneidad y probidad de los postulantes, y no solo a confirmar conocimientos te\u00f3ricos que, adem\u00e1s, se supone que los poseen al revisar los documentos de formaci\u00f3n y experiencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tampoco la Ley 1549 prev\u00e9 el uso de la tecnolog\u00eda para hacer m\u00e1s \u00e1gil y confiable el proceso. Se podr\u00eda tomar experiencias de otros pa\u00edses para mejorar el desempe\u00f1o de las comisiones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Afirma que las universidades y colegios de profesionales no han demostrado tener el suficiente compromiso para ser parte de un proceso como este, ya que su participaci\u00f3n en la elaboraci\u00f3n de preguntas mostr\u00f3, en muchos casos, falta de prolijidad, exigencia, seriedad y nivel acad\u00e9mico.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El examen de preguntas escritas y respuestas orales no fue un par\u00e1metro eficiente para evaluar la capacidad de los postulantes (idoneidad y probidad), independientemente de si las notas obtenidas fueron altas o bajas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Afirma que la credibilidad de la preselecci\u00f3n de candidatos se ha visto comprometida constantemente tanto por los vac\u00edos normativos y la debilidad institucional que han permitido suspensiones del proceso.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El informe de la veedur\u00eda tambi\u00e9n establece recomendaciones en siete \u00e1mbitos. Algunos puntos son: uniformar el desarrollo del trabajo y metodolog\u00eda de ambas comisiones evaluadoras. Implementar una comisi\u00f3n de asesores expertos para apoyar a los postulantes y a los miembros de las comisiones. Desarrollar e implementar pol\u00edticas para garantizar una mayor participaci\u00f3n de mujeres en las postulaciones. Darle solidez a la normativa y procedimientos para garantizar la transparencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este s\u00e1bado, luego de la aprobaci\u00f3n de los informes de las comisiones mixtas de Constituci\u00f3n y la de Justicia Plural se tienen 10 postulantes al Tribunal Agroambiental (TA) que lograron m\u00e1s de 130 puntos que los habilitan a la sesi\u00f3n de Asamblea; hay 17 para el Consejo de la Magistratura (CM); 22 postulantes al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP); y finalmente 71 postulantes al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), lo que hace el total de 120 candidatos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Veedur\u00eda Ciudadana detect\u00f3 13 deficiencias en el proceso de preselecci\u00f3n judicial de postulantes a altas autoridades del \u00d3rgano Judicial y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), entre las que se cuentan vac\u00edos en la normativa y procedimientos hasta insuficiente compromiso de las universidades y colegios de profesionales, que elaboraron las preguntas para las pruebas orales. 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