{"id":82494,"date":"2025-12-15T09:40:30","date_gmt":"2025-12-15T13:40:30","guid":{"rendered":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitor\/?p=82494"},"modified":"2025-12-15T09:51:03","modified_gmt":"2025-12-15T13:51:03","slug":"veinte-anos-de-exilio-bolivia-debe-avanzar-hacia-una-amnistia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitor\/2025\/12\/15\/veinte-anos-de-exilio-bolivia-debe-avanzar-hacia-una-amnistia\/","title":{"rendered":"Veinte a\u00f1os de exilio: Bolivia debe avanzar hacia una amnist\u00eda"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Aunque la cifra exacta no se conoce, se estima que son centenares los bolivianos que viven actualmente en el exilio, acusados injustamente de delitos de car\u00e1cter pol\u00edtico por los gobiernos del MAS. Dentro de este grupo destacan, sobre todo, quienes formaron parte del gabinete del expresidente Gonzalo S\u00e1nchez de Lozada\u00a0(2002-2003).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tras la ca\u00edda de ese gobierno y el inicio de la gesti\u00f3n de Evo Morales, en enero de 2006, comenz\u00f3 la persecuci\u00f3n contra esas exautoridades. La base de las acusaciones fue\u00a0el\u00a0decreto supremo\u00a027209,\u00a0firmado el\u00a011 de octubre de 2003 por el\u00a0entonces\u00a0presidente\u00a0Gonzalo\u00a0S\u00e1nchez de Lozada y sus ministros, mediante el cual se ordenaba a las Fuerzas Armadas intervenir para intentar controlar las protestas sociales que se registraban en ese momento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El decreto no establec\u00eda una carta blanca para los militares ni conten\u00eda una orden expl\u00edcita para el uso de armas de fuego contra manifestantes.\u00a0El decreto establec\u00eda lo siguiente:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Art\u00edculo 1\u00b0.- (Emergencia Nacional)\u00a0Decl\u00e1rase emergencia nacional en todo el territorio de la Rep\u00fablica, para garantizar el normal abastecimiento de combustibles l\u00edquidos a la poblaci\u00f3n, a trav\u00e9s del resguardo de instalaciones de almacenaje, asegurar el transporte de combustibles por camiones cisterna y otros y la distribuci\u00f3n y suministro en estaciones de servicio por el tiempo de hasta noventa d\u00edas.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Art\u00edculo 2\u00b0.- (Orden expresa) En cumplimiento de los art\u00edculos 7 y 11 de la Ley No 1405 de 30 de diciembre de 1992, se ordena a las Fuerzas Armadas de la Naci\u00f3n hacerse cargo del transporte en camiones cisternas y otros, resguardar instalaciones de almacenaje, poliductos, estaciones de servicio y todo tipo de infraestructura destinada a garantizar la normal distribuci\u00f3n y suministro de combustibles l\u00edquidos a la poblaci\u00f3n en el Departamento de La Paz. A tal efecto el Ministerio de Defensa establecer\u00e1 los mecanismos necesarios para su ejecuci\u00f3n.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Art\u00edculo 3\u00b0.- (Garant\u00edas) Cualquier da\u00f1o sobre los bienes y personas que se pudiesen producir como efecto del cumplimiento del objeto del presente decreto supremo, su resarcimiento se encuentra garantizado por el Estado boliviano.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin embargo, el gobierno\u00a0de Evo Morales\u00a0inici\u00f3 procesos judiciales interpretando ese decreto como una instrucci\u00f3n para emplear la fuerza letal. Ese procedimiento forz\u00f3 a la mayor\u00eda de los acusados a abandonar el pa\u00eds; muchos de ellos residen actualmente en Lima, Per\u00fa, o en distintas ciudades de Espa\u00f1a.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Durante los gobiernos del MAS tambi\u00e9n se impulsaron procesos judiciales de manera generalizada contra diversas autoridades, vinculados, entre otros temas, a la capitalizaci\u00f3n de empresas estatales\u00a0y otras reformas econ\u00f3micas y pol\u00edticas. Estos procesos derivaron igualmente en la salida del pa\u00eds de otras personas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Habiendo transcurrido ya 20 a\u00f1os de exilio forzado para muchos de ellos ha llegado el momento de plantear la\u00a0aprobaci\u00f3n\u00a0de una amnist\u00eda general que les permita retornar al pa\u00eds.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La amnist\u00eda es una acci\u00f3n unilateral\u00a0de los\u00a0Estados\u00a0mediante la cual se perdonan las acusaciones. Existe la creencia err\u00f3nea de que una amnist\u00eda implica la admisi\u00f3n de culpabilidad por parte de los beneficiarios. Sin embargo, el jurista Waldo Albarrac\u00edn, especialista en la materia, se\u00f1al\u00f3 \u2013en una entrevista anterior concedida a Br\u00fajula Digital\u2013que la amnist\u00eda no supone ni entra\u00f1a reconocimiento alguno de culpa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde el punto de vista constitucional y penal: La amnist\u00eda no es una sentencia; no establece hechos probados; no contiene un juicio de responsabilidad penal individual.\u00a0Por tanto, no produce cosa juzgada material sobre la culpabilidad de los beneficiarios. Una amnist\u00eda\u00a0opera antes, durante o incluso despu\u00e9s del proceso\u00a0judicial y borra la punibilidad del hecho, como si nunca hubiera sido penalmente relevante\u00a0y declara que el proceso fue inv\u00e1lido desde su origen.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta decisi\u00f3n podr\u00eda adoptarse en un corto plazo por el presidente Rodrigo Paz, a trav\u00e9s de un decreto supremo.\u00a0El mes de la Navidad es el tiempo propicio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Veinte a\u00f1os es un per\u00edodo excesivo para mantener a un grupo de personas en el exilio. Bolivia no hab\u00eda atravesado\u00a0nunca en su historia\u00a0una etapa tan prolongada de castigo pol\u00edtico.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Revoluci\u00f3n Nacional de 1952, que tambi\u00e9n gener\u00f3 persecuciones y exilios, se extendi\u00f3 por 12 a\u00f1os\u00a0y luego los desterrados pudieron volver.\u00a0Posteriormente, durante las dictaduras militares, el gobierno de Hugo Banzer dur\u00f3 siete a\u00f1os antes de que una amnist\u00eda permitiera el retorno de los exiliados pol\u00edticos. En general, a lo largo del siglo XX,\u00a0debido a la\u00a0inestabilidad pol\u00edtica\u00a0del pa\u00eds, los exilios y castigos rara vez superaron un lustro.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Incluso en escenarios internacionales extremos, como la Uni\u00f3n Sovi\u00e9tica bajo Stalin, los castigos concluyeron tras su muerte en 1953; su sucesor,\u00a0Nikita Khrushchev,\u00a0impuls\u00f3 procesos de liberalizaci\u00f3n y amnist\u00edas. En Am\u00e9rica Latina tampoco existen\u00a0muchos\u00a0antecedentes de exilios que se hayan prolongado por 20 a\u00f1os. En Chile, por ejemplo, el r\u00e9gimen de Augusto Pinochet\u00a0permiti\u00f3 el retorno de los\u00a0exiliados antes del plebiscito de 1988; quienes estuvieron fuera por m\u00e1s tiempo lo hicieron por 15 a\u00f1os.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Bolivia no deber\u00eda convertirse en una anomal\u00eda hist\u00f3rica en este aspecto. Con un gobierno\u00a0como el actual\u00a0que reivindica el Estado de derecho y el debido proceso, y con un presidente que conoce de primera mano, y ha respaldado,\u00a0las luchas democr\u00e1ticas y la defensa de los derechos humanos, la posibilidad de una amnist\u00eda general deber\u00eda ser analizada con\u00a0urgencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Algunos de los afectados han planteado la alternativa de una ley de nulidad de los procesos judiciales. No obstante, ese camino es m\u00e1s largo y complejo, ya que existen acusaciones diversas que deber\u00edan ser identificadas una por una, adem\u00e1s de requerir un tr\u00e1mite legislativo\u00a0(precisamente, una ley)\u00a0que suele ser m\u00e1s engorroso.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si se acepta que la amnist\u00eda no implica admisi\u00f3n de culpabilidad, este aparece como el camino m\u00e1s inmediato y viable. Si el pa\u00eds aspira a cerrar heridas abiertas desde hace dos d\u00e9cadas, debe considerar seriamente esta medida. En paralelo, tambi\u00e9n corresponde exigir que se garantice el debido proceso para los actuales acusados del MAS, quienes, como principio b\u00e1sico, deber\u00edan poder defenderse en libertad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Aunque la cifra exacta no se conoce, se estima que son centenares los bolivianos que viven actualmente en el exilio, acusados injustamente de delitos de car\u00e1cter pol\u00edtico por los gobiernos del MAS. Dentro de este grupo destacan, sobre todo, quienes formaron parte del gabinete del expresidente Gonzalo S\u00e1nchez de Lozada\u00a0(2002-2003). 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