{"id":1700,"date":"2025-02-06T07:05:12","date_gmt":"2025-02-06T11:05:12","guid":{"rendered":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitorbo\/2025\/02\/06\/tsj-ratifica-pago-millonario-a-fancesa\/"},"modified":"2025-02-06T07:05:12","modified_gmt":"2025-02-06T11:05:12","slug":"tsj-ratifica-pago-millonario-a-fancesa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitorbo\/2025\/02\/06\/tsj-ratifica-pago-millonario-a-fancesa\/","title":{"rendered":"TSJ ratifica pago millonario a Fancesa"},"content":{"rendered":"<p>En \u201ctiempo r\u00e9cord\u201d, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declar\u00f3 infundado el recurso de casaci\u00f3n interpuesto por Soboce y confirm\u00f3 la sentencia y el auto de vista emitido por un juez de primera instancia que obliga a la cementera privada a pagar Bs 744.315.432 como resarcimiento a los da\u00f1os ocasionados por la competencia desleal que cometi\u00f3 cuando fue copropietaria de Fancesa.<br \/>\nLa F\u00e1brica Nacional de Cemento S.A. (Fancesa) fue notificada el martes, a las 18:30, con el Auto Supremo 59\/2025 emitido por la Sala Civil del TSJ, que declar\u00f3 \u201cinfundado\u201d el recurso de casaci\u00f3n presentado por la Sociedad Boliviana de Cemento S.A. (Soboce).<br \/>\n\u201cEso significa que lo actuado por las anteriores autoridades, por el juez de primera instancia y segunda instancia es correcto, que no se ha vulnerado ning\u00fan derecho de Soboce, que la cifra que los jueces de primera instancia han determinado, que son Bs 744 millones que Soboce debe resarcir a Fancesa, es correcta y que Soboce no tiene raz\u00f3n en ninguno de sus reclamos en torno a la actividad judicial desplegada en estos siete a\u00f1os y que en definitiva le da la raz\u00f3n a Fancesa\u201d, explic\u00f3 el asesor jur\u00eddico externo de la cementera chuquisaque\u00f1a Paul Tolavi.<br \/>\nLa decisi\u00f3n judicial fue calificada de \u201chist\u00f3rica\u201d por miembros del directorio y las tres copropietarias p\u00fablicas de Fancesa, en la conferencia de prensa conjunta que llevaron a cabo este mi\u00e9rcoles.<br \/>\n\u201cPara la F\u00e1brica Nacional de Cemento este es un d\u00eda hist\u00f3rico, un d\u00eda que va a quedar en el recuerdo de todos los sucrenses y chuquisaque\u00f1os porque hoy se hace justicia, justicia que nosotros en su momento hab\u00edamos demandado\u201d, dijo el presidente del directorio, Guido Calvo.<br \/>\nAUTORIDADES<br \/>\nEl alcalde de Sucre, Enrique Lea\u00f1o, atribuy\u00f3 el logro conseguido a las decisiones asumidas por los directores, que \u201chan coordinado de la mejor manera\u201d. Asimismo, reconoci\u00f3 \u201cel trabajo arduo del equipo de asesores\u201d. \u201cCreemos que esta unidad interinstitucional que se muestra hace que los resultados sean estos\u201d, remarc\u00f3,<br \/>\nEn la misma l\u00ednea, el gobernador de Chuquisaca, Damian Condori, expres\u00f3 que \u201ccon el cambio de magistrados hay una esperanza al ver ese fallo que sin prestarse a otras presiones han hecho una justicia justa, han valorado lo que se ha ido trabajando en todas las instancias donde se ha ganado, por eso se ha llevado a la instancia de casaci\u00f3n y por eso ponderamos a los magistrados que est\u00e1n en la Sala Civil. Si as\u00ed van a fallar, en apego a la ley, creo que hay esperanza de credibilidad en la justicia boliviana. Es una se\u00f1al\u201d, asever\u00f3.<br \/>\nFinalmente, el rector de la Universidad San Francisco Xavier, Walter Ar\u00edzaga, sostuvo que dadas las victorias legales de Fancesa \u201cno deber\u00eda existir ning\u00fan otro recurso ulterior no solamente en la v\u00eda ordinaria sino tambi\u00e9n en cualquier otra v\u00eda judicial que se pueda presentar\u201d. \u201cY lo decimos esto en conocimiento de que en la primera instancia Soboce nunca interpuso objeci\u00f3n alguna al monto que fue calificado como competencia desleal\u201d, subray\u00f3.<br \/>\nEste conflicto se remonta al periodo de la administraci\u00f3n de Soboce en Fancesa, entre 1999 y 2010, cuando Samuel Doria Medina era accionista mayoritario de la cementera pace\u00f1a.<br \/>\nEn 2010, el gobierno del entonces presidente Evo Morales expropi\u00f3 las acciones de Soboce (33,34%) en Fancesa y las adjudic\u00f3 a la Gobernaci\u00f3n de Chuquisaca.<br \/>\nPor la expropiaci\u00f3n de sus acciones, Soboce \u2013que ahora pertenece al grupo peruano Holding Cemento S.A.\u2013 demanda el pago de 269,4 millones de d\u00f3lares.<br \/>\n\u201cTIEMPO R\u00c9CORD\u201d<br \/>\n\u201cLos magistrados de la nueva Sala Civil, Primo Mart\u00ednez y Fanny Coaquira, actuaron de manera id\u00f3nea no solo emitiendo un fallo correcto, sino en tiempo r\u00e9cord. El proceso fue sorteado el 20 de enero y hoy, 5 de febrero, ya tenemos la resoluci\u00f3n\u201d, dijo el abogado Iv\u00e1n Tolavi.<br \/>\nPAGO INMINENTE<br \/>\nEl abogado externo de Fancesa Paul Tolavi asegur\u00f3 que \u201cSoboce no puede evitar este pago\u201d de Bs 744 millones como resarcimiento a los da\u00f1os ocasionados por la competencia desleal que cometi\u00f3 cuando fue copropietaria de Fancesa.<br \/>\n\u201cSoboce ha intentado varias cosas, entre ellas una demanda internacional, pero lo que m\u00e1s intenta es amedrentarnos y asustarnos a los chuquisaque\u00f1os, dici\u00e9ndonos que nosotros m\u00e1s bien deber\u00edamos pagarles a ellos. Nada de eso le ha resultado hasta el momento\u201d, dijo.<br \/>\nIDONEIDAD<br \/>\nEnrique Lea\u00f1o<br \/>\nALCALDE DE SUCRE<br \/>\n\u201c&#8230;hay pues poca \u00e9tica en esta empresa privada y lamentablemente hab\u00edan algunos riesgos ante esa situaci\u00f3n, pero creemos que la idoneidad, la transparencia y la capacidad de nuestros magistrados ha hecho que esto salga de forma imparcial\u201d.<br \/>\n\u2018CHICANER\u00cdAS\u2019<br \/>\nDami\u00e1n Condori<br \/>\nGOBERNADOR<br \/>\n\u201cEspero que no haya m\u00e1s \u2018chicaner\u00edas\u2019 de parte de Soboce y asuman esa responsabilidad. Sab\u00edamos que Soboce paraba casi todos los d\u00edas en las oficinas de la Sala Civil, no les dejaban trabajar ni respirar a los anteriores magistrados que estaban en el cargo\u201d.<br \/>\nEN ALERTA<br \/>\nWalter Ar\u00edzaga<br \/>\nRECTOR<br \/>\n\u201cLa Universidad estar\u00e1 atenta a cualquier situaci\u00f3n contraria que pueda emanar de cualquier otro organismo, estaremos atentos para poder hacer respetar este fallo que el d\u00eda de hoy ha sido de conocimiento de nosotros; por lo tanto, esto seguir\u00e1 sus pasos\u201d.<br \/>\nSoboce ve \u201cprecedente preocupante para la seguridad jur\u00eddica\u201d en el pa\u00eds<br \/>\nLa Sociedad Boliviana de Cemento S.A. (Soboce) calific\u00f3 como un \u201cprecedente preocupante para la seguridad jur\u00eddica\u201d la reciente decisi\u00f3n del Tribunal Supremo de Justicia, que declar\u00f3 infundado el recurso de casaci\u00f3n interpuesto por la empresa en el proceso legal con Fancesa.<br \/>\nEn un comunicado, Soboce se\u00f1al\u00f3 que esta decisi\u00f3n representa una vulneraci\u00f3n a sus derechos constitucionales, ya que el proceso judicial no garantiz\u00f3 un juicio justo ni el debido proceso. Ante esta situaci\u00f3n, la empresa anunci\u00f3 que ejercer\u00e1 todas las acciones legales correspondientes, tanto a nivel nacional como internacional, para asegurar que se respeten sus derechos y se garantice una resoluci\u00f3n en estricto apego a la legalidad.<br \/>\n\u201cEsta decisi\u00f3n no solo afecta a Soboce, sino que sienta un precedente preocupante para la seguridad jur\u00eddica y la libre competencia en Bolivia. Como empresa, confiamos en que las instancias constitucionales revisar\u00e1n este proceso y garantizar\u00e1n una resoluci\u00f3n justa\u201d, destac\u00f3 el CEO de Soboce, Francisco Shwortshik.<br \/>\nA pesar de este escenario, Soboce reafirm\u00f3 su compromiso con la transparencia, la libre competencia y el desarrollo econ\u00f3mico del pa\u00eds, asegurando que sus operaciones continuar\u00e1n con normalidad.<br \/>\n\u00bfLe quedan alternativas a Soboce?<br \/>\nPara el abogado constitucionalista Jaime Hurtado, Soboce tiene a\u00fan dos v\u00edas para seguir apelando la decisi\u00f3n de justicia.<br \/>\nUna de ellas es el recurso extraordinario de revisi\u00f3n de sentencia ante la sala plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Su alcance est\u00e1 detallado en el art\u00edculo 284 del C\u00f3digo Procesal Civil.<br \/>\nSeg\u00fan Hurtado, habr\u00e1 lugar al recurso extraordinario si se demuestra, por ejemplo, \u201cfraude procesal, es decir, que hubo maquinaciones o artificios para conseguir un resultado favorable\u201d.<br \/>\n\u201cEntonces, como hemos protestado ahora simplemente vamos a formalizar la revisi\u00f3n extraordinaria de sentencia ante la sala plena del TSJ y en esa sala se va a dictar una tercera sentencia en la que se resolver\u00e1 si el fraude procesal ha conseguido generar una variante de la primera sentencia\u201d, explic\u00f3 el jurista.<br \/>\nSin embargo, aclar\u00f3 que esta revisi\u00f3n extraordinaria de sentencia no implica la suspensi\u00f3n de la resoluci\u00f3n en cuesti\u00f3n.<br \/>\n\u201cOtra opci\u00f3n ser\u00eda la Acci\u00f3n de Amparo Constitucional, es decir, directamente a este fallo dictado se tiene seis meses para plantear un amparo, pero usted sabe que en el amparo o vives o mueres. Si se niega eso ya de resbalada van a ir a la ejecuci\u00f3n, mientras que si planteamos a la revisi\u00f3n extraordinaria todav\u00eda se puede jugar en esa revisi\u00f3n\u201d, a\u00f1adi\u00f3 Hurtado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En \u201ctiempo r\u00e9cord\u201d, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declar\u00f3 infundado el recurso de casaci\u00f3n interpuesto por Soboce y confirm\u00f3 la sentencia y el auto de vista emitido por un juez de primera instancia que obliga a la cementera privada a pagar Bs 744.315.432 como resarcimiento a los da\u00f1os ocasionados por la competencia desleal que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1701,"comment_status":"","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"pagelayer_contact_templates":[],"_pagelayer_content":"","footnotes":""},"categories":[19],"tags":[],"class_list":{"0":"post-1700","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-economia"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitorbo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1700","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitorbo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitorbo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitorbo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitorbo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1700"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitorbo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1700\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitorbo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1701"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitorbo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1700"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitorbo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1700"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/jms.com.bo\/mediamonitorbo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1700"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}