Por mandato constitucional, todos los vocales del Órgano Electoral Plurinacional (OEP) cesan sus funciones el 19 de diciembre, incluidos quienes asumieron funciones posteriores a esta fecha en 2019, según la abogada constitucionalista María Elena Attard. Según explica, la designación de reemplazos no habilita una prórroga automática, debido a que se computa un periodo constitucional, no un periodo en base a una función personal.
“Si hay una causal, se tiene que hacer la sucesión de autoridades para completar el periodo, que es el límite constitucional. Eso no quiere decir que por renuncia se vuelve a elegir todo un nuevo periodo. En esta línea, en el caso del órgano electoral, sin duda alguna, hay que computar el tema del periodo, no de la función personal”, señaló.
Attard indicó que este mismo trato se da al Tribunal Constitucional Plurinacional, al Presidente o Presidenta del Estado, que tienen un mandato constitucional que está vinculado a periodos, que tienen una lógica en base a la rotación democrática también del poder.
Desde esa lógica, la constitucionalista sostiene que incluso el mandato del vocal designado por el presidente o presidenta del Estado, que empezó con Salvador Romero el 25 de noviembre de 2019, habría fenecido ya hace una semana. En su opinión, el periodo de mandato de esta vocalía no reinició ni con la posesión de Dina Chuquimia ni con la sustitución de Gustavo Ávila.
Según el artículo 206 de la Constitución Política del Estado, el Tribunal Supremo Electoral está compuesto por siete miembros: seis elegidos por dos tercios de votos de los miembros presentes en una sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional y uno designado por el presidente del Estado.
La decisión es del TCP
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), ahora reducido a cuatro magistrados electos, debe resolver el Amparo Constitucional presentado por Dina Chuquimia contra la destitución de su cargo como vocal del TSE. La acción, interpuesta hace más de un año contra un decreto presidencial del expresidente Luis Arce, cuestiona la legalidad de la destitución y la violación de la inamovilidad de los vocales que establece la Constitución Política del Estado (CPE).
Tras una audiencia pública, en octubre de 2024 la Sala Constitucional Segunda de La Paz emitió la Resolución Nº 258/2024, denegando la tutela de la Acción de Amparo Constitucional, y el expediente fue remitido al TCP el 25 de noviembre de 2024; desde entonces está pendiente de resolución.
“En este momento está en espera de resolución para que saquen una sentencia final en el Tribunal Constitucional Plurinacional, que ya debería resolver este tema, porque en este momento se está poniendo en cuestión la presencia de los vocales designados por Luis Arce, que evidentemente y por Constitución ellos tienen seis años de tiempo de mandato. Si es que el TCP, a través de su resolución de la revisión del amparo, le da la razón a Luis Arce, tranquilamente el actual presidente Rodrigo Paz podría destituir a todos los vocales como lo hizo Arce en su momento”, expresó.
Según Chuquimia, el fallo del TCP debe definir qué pasa con el mandato de los vocales, que de acuerdo con la Constitución es de seis años y, en su criterio, comienza desde el momento de la posesión o juramentación. La exvocal enfatizó que un decreto presidencial no puede estar por encima de la CPE.
En el expediente abierto por Chuquimia contra Luis Arce también se observan dos solicitudes adicionales del actual vocal Gustavo Ávila, una de ellas solicitando medidas cautelares al TCP. EL DEBER trató de comunicarse con Ávila para ampliar esta información, pero no obtuvo respuesta suya. Ávila fue posesionado el 3 de abril de 2024.
Otros casos
El 30 de junio de 2021, el entonces presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, posesionó a ocho vocales electorales departamentales que fueron designados por Luis Arce. La determinación dejó fuera a seis vocales previamente designados por Jeanine Áñez, a pesar de que la Ley 018 garantizaba su inamovilidad en el cargo.
Ante la arbitrariedad, la exvocal Nataly Vargas, del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija, presentó recurso de revocatoria ante la destitución ordenada por Arce. El 26 de noviembre de 2021 se tuvo conocimiento de que la Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Tarija denegó la Acción de Amparo Constitucional.
Frente a este escenario, Vargas acudió al sistema americano de Derechos Humanos con la finalidad de llegar hasta la Corte Interamericana, porque consideró que se vulneraron su derecho al trabajo y a la función pública, además de que la destitución no se siguió cumpliendo el debido proceso.








