Proyecto de ley plantea usar bienes recuperados de la corrupcion para financiar la renta dignidad

El Proyecto de Ley de Arrepentimiento y Colaborador Eficaz (PL-071/25) plantea un nuevo marco jurídico para fortalecer la lucha contra la criminalidad organizada, la corrupción, el enriquecimiento ilícito y el narcotráfico en Bolivia, con un eje central: destinar el 100% de los bienes y recursos económicos recuperados al financiamiento de la Renta Dignidad.

La iniciativa fue remitida a la Presidencia de la Cámara de Diputados y está firmada por el diputado Herminio Fernández Thola, quien se identifica como secretario del Comité de Defensa de las Fuerzas Armadas, Fronteras y Defensa Civil.

El proyecto busca incentivar la obtención de información estratégica que permita desarticular redes criminales y recuperar activos obtenidos de manera ilícita, ante lo que sus impulsores consideran la lentitud e ineficacia de los actuales mecanismos de embargo y remate de bienes incautados.

Entre los puntos centrales del texto legal se establece un Régimen de Arrepentimiento Activo, mediante el cual imputados o procesados podrán acceder a beneficios penales, como la reducción de hasta un tercio de la pena, siempre que exista confesión plena, reparación del daño y entrega de información útil para identificar a otros responsables y bienes del delito.

Uno de los aspectos más controvertidos del proyecto es el incentivo económico para los colaboradores eficaces. La propuesta contempla una retribución de entre el 10% y el 20% del valor de los activos recuperados, dependiendo del tipo de delito. El beneficio tendrá un máximo del 20% en casos de corrupción y del 10% en delitos de legitimación de ganancias ilícitas, siempre que la información proporcionada sea corroborada y genere resultados concretos.

El proyecto también incorpora garantías de protección y confidencialidad para los colaboradores, incluyendo la reserva de identidad, protección personal y familiar, además de resguardos laborales para evitar represalias.

No obstante, el texto excluye expresamente de estos beneficios a quienes hayan cometido delitos de lesa humanidad, terrorismo, asesinato, violación o trata de personas de gravedad extrema.

Asimismo, se establecen mecanismos de revocatoria de los beneficios en caso de comprobarse mala fe, información falsa o la comisión de nuevos delitos dolosos.

En su conjunto, el PL-071/25 plantea convertir los bienes del delito en un beneficio social directo, fortaleciendo la Renta Dignidad y enviando una señal política de endurecimiento frente a la corrupción y el crimen organizado.

Sourceel pais

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