El Gobierno estableció una compensación de Bs 0,41 por litro a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) para cubrir los costos adicionales que genera la compra de etanol anhidro, debido al incremento del precio del diésel y su impacto en la producción de caña de azúcar y otras materias primas utilizadas para elaborar biocombustibles.
La medida se establece en el Decreto Supremo 5763, del 3 de noviembre de 2026, que autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a emitir Notas de Crédito Fiscal (NOCRES) endosables a favor de YPFB para financiar esta compensación.
Etanol
El artículo 1 de la norma establece que el objetivo es «mantener el precio final de las gasolinas con mezclas con Aditivos de Origen Vegetal – AOV al consumidor», durante el periodo transitorio previsto en la normativa vigente.
La compensación tendrá carácter excepcional y temporal y se calculará en función del volumen de gasolina con mezcla de aditivos vegetales que YPFB comercialice efectivamente cada mes. Para ello, el ente regulador deberá verificar las cantidades y emitir una certificación que respalde el monto solicitado.
El decreto establece la siguiente fórmula: «Compensación = Bs0,41/litro × volumen de gasolinas con mezcla de AOV comercializado en el mes correspondiente».
Ajuste en los contratos de compra
Además del reconocimiento de Bs 0,41 por litro, el Gobierno instruye a YPFB incorporar un valor de Bs 1,96 por litro, incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA), mediante contratos modificatorios con los proveedores de aditivos de origen vegetal.
El artículo 2 señala que este monto permitirá compensar los costos adicionales derivados del encarecimiento de la producción de materias primas, principalmente por el incremento del precio del diésel.
Plazo para la reglamentación
El Ministerio de Economía tendrá a su cargo la emisión de las NOCRES, mientras que YPFB deberá presentar la documentación que respalde los volúmenes comercializados y el monto de la compensación.
A su vez, el ente regulador verificará la información y establecerá el procedimiento para emitir los certificados correspondientes.
La disposición transitoria única fija un plazo de cinco días hábiles administrativos, desde la publicación del decreto, para que el regulador apruebe mediante resolución administrativa el mecanismo de presentación, verificación y certificación de los volúmenes.
Con esta medida, el Ejecutivo busca sostener el precio final de las gasolinas que incorporan aditivos de origen vegetal, mientras reconoce los mayores costos que enfrenta la cadena de producción y abastecimiento de etanol.



















