En medio de crecientes cuestionamientos sobre la calidad de los carburantes y la necesidad de modernizar el sistema de fiscalización energética, el Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5619, una nueva reglamentación que redefine los mecanismos de control, supervisión y análisis técnico de los combustibles comercializados en Bolivia.
La norma establece un nuevo Reglamento de Calidad de Carburantes y busca actualizar las especificaciones técnicas de gasolina, diésel y combustibles de aviación, además de incorporar procedimientos de fiscalización más rigurosos para toda la cadena de comercialización.
El decreto sostiene que la medida responde a la necesidad de adaptar la normativa vigente a las actuales condiciones del mercado hidrocarburífero y garantizar combustibles con mayores estándares de calidad, seguridad y eficiencia.
Uno de los principales cambios es la obligación de que operadores y empresas autorizadas realicen análisis de calidad en laboratorios propios o de terceros, bajo supervisión del ente regulador del sector hidrocarburífero.
Laboratorios y control de impurezas
La normativa prevé además una inversión gradual para fortalecer la capacidad técnica estatal. El Ministerio de Economía deberá transferir recursos al ente regulador para implementar laboratorios especializados y tercerizar análisis de calidad mientras se desarrollan las nuevas instalaciones.
El reglamento fija un plazo de hasta dos años para que el ente regulador cuente con laboratorios propios plenamente operativos.
Otro aspecto central es la implementación obligatoria de sistemas de filtración en estaciones de servicio para retener impurezas en combustibles líquidos. El objetivo es reducir problemas de contaminación que puedan afectar motores, sistemas de inyección y rendimiento vehicular.
En los últimos años, transportistas y usuarios reportaron observaciones sobre sedimentos, residuos y variaciones en la calidad de carburantes, especialmente en regiones donde existen mayores dificultades logísticas o almacenamiento prolongado.
Más fiscalización y digitalización
El nuevo marco regulatorio también amplía las capacidades de supervisión y sanción técnica del ente regulador, en línea con lo establecido por la Ley de Hidrocarburos 3058.
Además, se habilita el uso de notificaciones digitales y procedimientos administrativos electrónicos, en un intento por modernizar los procesos regulatorios y agilizar controles.
La normativa también incorpora disposiciones específicas para plantas de suministro de combustibles de aviación en aeropuertos, que deberán adecuarse a reglamentos técnicos de operación y mantenimiento.
Contexto de importaciones y nuevos estándares
La actualización regulatoria ocurre en un escenario marcado por una creciente dependencia boliviana de combustibles importados. Según datos oficiales de YPFB y del Instituto Nacional de Estadística (INE), Bolivia importa una parte significativa del diésel y gasolina que consume debido a la caída en la producción local de hidrocarburos.
Ese contexto incrementó la necesidad de fortalecer mecanismos de control de calidad, especialmente considerando la diversidad de proveedores internacionales y especificaciones técnicas de los carburantes importados.
En varios países de la región, las regulaciones de calidad evolucionaron hacia estándares más estrictos de azufre, emisiones y control de contaminantes, con el objetivo de mejorar la eficiencia energética y reducir impactos ambientales.
Bolivia también enfrenta el desafío de modernizar progresivamente su parque automotor y adecuar la calidad de los combustibles a nuevas tecnologías vehiculares, particularmente motores de menor emisión y sistemas electrónicos de combustión.
Un mercado bajo mayor vigilancia
El Decreto Supremo 5619 abroga la normativa aprobada en 2022 y otorga al ente regulador facultades para actualizar métodos de ensayo y especificaciones técnicas mediante resoluciones administrativas.
La intención oficial es consolidar un sistema más dinámico y adaptable a los cambios tecnológicos del mercado energético.
Para especialistas del sector, el éxito de la nueva reglamentación dependerá no solo de la capacidad de fiscalización, sino también de la implementación efectiva de laboratorios, controles en estaciones de servicio y monitoreo permanente de toda la cadena de distribución de combustibles.



















